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Capítulo 25

XX. Estatutos sobre la propiedad de la tierra.

A. Estatuto sobre el reposo de la tierra.

1. Sembraras la tierra 6 años y recogerás el fruto.

a.  25:1 Jehová habló a Moisés en el monte de Sinaí, diciendo:

b. 25:2 Habla a los hijos de Israel y diles: Cuando hayas entrado en la tierra que yo les doy, la tierra guardará reposo para Jehová.

c. 25:3 Seis años sembrarás tu tierra. Seis años podarás tu viña y recogerás sus frutos.

2. El séptimo año reposará la tierra.

a. 25:4 Pero el séptimo año la tierra tendrá descanso, reposo para Jehová; no sembrarás tu tierra, ni podarás tu viña. 

b. 25:5 Lo que nazca en tu tierra segada, ese año, no lo segarás. Y las uvas de tu viñedo no venderás. Ese año, será de reposo para la tierra.

3. El año de descanso de la tierra.

a. 25:6 El descanso de la tierra, te dará para comer a ti, a tu siervo, a tu sierva, a tu criado, y a tu extranjero, que habita contigo. 

b. 25:7 A tu animal, y a la bestia que hubiera en tu tierra, será todo el fruto de ella para comer.

B. El año de jubileo. 

1. El año 50 es año de Jubileo.

a. 25:8 Contarás siete semanas de años, siete veces siete años, de modo que los días de las siete semanas de años. Vendrán a ser cuarenta y nueve años.

b. 25:9 Por consiguiente, harás tocar fuertemente la trompeta en el mes séptimo, a los diez días del mes. El día de la expiación, harás tocar la trompeta, por toda su tierra. 

c. 25:10 Santificarás el año cincuenta. Pregonarás libertad en la tierra a todos sus moradores. Ese año será de jubileo. Volverá cada uno a su posesión. Y cada cual volverá a su familia. 

d. 25:11 El año cincuenta les será jubileo; no sembrarás. Ni segarás. Lo que naciera, después de segar en la tierra. Ni venderás sus viñedos.  

e. 25:12 Porque es jubileo. Santo será a ustedes. El producto de la tierra comerás.  

2. El año de Jubileo volverás a tu posición.

a. 25:13 En este año de jubileo volverá cada uno a su posesión.  

b. 25:14 Cuando vendieras algo a su prójimo, o compraras de mano de su prójimo, no engañe ninguno a su hermano.  

c. 25:15 Conforme al número de los años, después del jubileo comprarás de tu prójimo. Conforme al número de los años de los frutos, te venderá él a ti. 

d. 25:16 Cuanto mayor fuese el número de los años, aumentarás el precio. Y cuanto menor fuese el número, disminuirás el precio. Porque según el número de las cosechas te venderá él.

e. 25:17 Y no engañe ninguno a su prójimo, sino temed a su Dios. Porque yo soy Jehová su Dios. 

C. Bendición de la tierra por dejarla reposar.

1. Bendición en ejecutar sus estatutos y guardar sus ordenanzas.

a. 25:18 Ejecuten mis estatutos y guarden mis ordenanzas. Ponlos por obra. Y habitarán seguros en la tierra.  

b. 25:19 La tierra dará su fruto. Comerás hasta saciarte. Y habitarás en ella con seguridad. 

c. 25:20 Si dijeras: ¿Qué comeremos el séptimo año? ¿Qué sucederá? Porque no hemos de sembrar, ni hemos de recoger nuestros frutos.  

d. 25:21 Por lo tanto, Yo les enviaré mi bendición el sexto año. Y haré que haya fruto por tres años. 

e.  25:22 Sembrarás el octavo año. Y comerás del fruto añejo. Hasta el año noveno. Hasta que venga su fruto de nuevo, comerás del añejo.

D. Estatutos sobre la posesión de la tierra.

1. La tierra no la venderás de forma permanente.

a. 25:23 La tierra no se venderá perpetuamente, porque la tierra es mía. Porque ustedes forasteros y extranjeros son para conmigo.

2. El rescate de la tierra.

a. 25:26 Cuando el hombre no tuviese rescatador. Y consiguiera lo suficiente para el rescate.  

b. 25:27 En ese momento, contará los años desde que vendió. Y pagará lo que quedara al varón a quien vendió. Y volverá a su posesión. 

c. 25:28 Por otra parte, si no consiguiera lo suficiente, para que le devuelvan lo que vendió. Estará en poder del que lo compró, hasta el año del jubileo. Y al jubileo saldrá. Y él volverá a su posesión.

XXII. Estatuto sobre la venta de propiedades.

A. Estatutos sobre las propiedades.

1. La venta de la casa y su rescate.

a. 25:29 El varón que vendiera la casa de habitación en ciudad amurallada, tendrá facultad de redimirla hasta el término de un año, desde la venta. Un año será el término de poderse redimir.

b. 25:30 Si no fuese rescatada dentro de un año entero, la casa que estuviese en la ciudad amurallada quedará para siempre en poder de aquel, que la compró. Y para sus descendientes. Es decir; no saldrá en el jubileo. 

c. 25:31 Pero las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor serán estimadas como los terrenos del campo. Podrán ser rescatadas, y saldrán en el jubileo.

2. Las casas en las ciudades de los levitas.

a. 25:32 Pero en cuanto a las ciudades de los levitas. Estos podrán rescatar en cualquier tiempo. Las casas en las ciudades de su posesión. 

b. 25:33 El que comprará de los levitas. Saldrá de la casa vendida, o de la ciudad de su posesión. En el jubileo. Por cuanto las casas de las ciudades de los levitas son la posesión de ellos. Entre los hijos de Israel. 

3. La tierra de los ejidos es perpetua.

a. 25:34 Por esta razón, la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá. Porque es perpetua posesión de ellos.

4. Si vende su casa por pobreza.

a. 25:35 Cuando tu hermano empobrece y se refugia en ti, tú lo ampararás. Como forastero y extranjero vivirá contigo. 

b. 25:36 No recibirás de él usura, ni ganancia. Sino tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo. Lev  

c. 25:37 No le darás tu dinero a usura, ni tus víveres a ganancia.

d. 25:38 Yo Jehová su Dios. Que los saqué de la tierra de Egipto. Para darles la tierra de Canaán. Para ser su Dios.

5. Si tu hermano empobrece, estando contigo.

a. 25:39 Cuando tu hermano empobreciera, estando contigo. Y se vendiera a ti, no le harás servir como esclavo.

b. 25:40 Como criado, como extranjero estará contigo. Hasta el año del jubileo, te servirá.

c. 25:41 En ese momento, saldrá libre de tu casa. Él y sus hijos consigo. Y volverá a su familia. Y la posesión de sus padres, se restituirá.

6. No venderás a tu hermano como esclavos.

a. 25:42 Porque son mis siervos, los cuales saqué yo de la tierra de Egipto; no serán vendidos a manera de esclavos. 

b. 25:43 No te enseñorearás de él con dureza, sino tendrás temor de tu Dios.

7. Compra de esclavos.

a. 25:44 Así tu esclavo como tu esclava, que tuvieras, serán de las gentes que están en su alrededor; de ellos podrás comprar esclavos.

b. 25:45 También podrás comprar de los hijos de los forasteros que habitan entre ustedes. Y de las familias de ellos, nacidos en su tierra. Que están con ustedes, los cuales podrás tener por posesión.

c. 25:46 Lo podrás dejar en herencia para sus hijos, después de ustedes, como posesión hereditaria; para siempre les servirán ellos. Pero de sus hermanos, los hijos de Israel, no se enseñoreará, cada uno, sobre su hermano, con dureza. 

8. Hacerse esclavo del extranjero por pobreza.

a. 25:47 Si el forastero o el extranjero que está contigo se enriqueciera. Y si tu hermano que está junto a él empobreciera. Y se vendiera al forastero o extranjero que está contigo, o a alguno de la familia del extranjero.

b. 25:48 Después que se hubiese vendido, podrá ser rescatado; por uno de sus hermanos quien lo pudiera rescatará. 

9. El rescate de un familiar de ser esclavo de extranjero.

a. 25:49 Su tío o el hijo de su tío lo rescatará, o un pariente cercano de su familia lo rescatará. O si sus medios alcanzaran, él mismo se rescatará.

b. 25:50 Hará la cuenta con el que lo compró, desde el año que se vendió a él, hasta el año del jubileo. Y ha de apreciarse el precio de su venta. Conforme al número de los años. Y se contará el tiempo que estuvo con él. Conforme al tiempo de un criado asalariado.   

c. 25:51 Si aún fueran muchos años, conforme a ellos devolverá para su rescate, del dinero por el cual se vendió.

d. 25:52 Si quedara poco tiempo, hasta el año del jubileo. En esta razón, hará un cálculo con él. Y devolverá su rescate, conforme a sus años.

e. 25:53 Como con el que está a salario anualmente, hará con él; no se enseñoreará en él, con rigor delante de tus ojos. 

f. 25:54 Si no se rescatara en esos años, en el año del jubileo saldrá. Él y sus hijos con él. 

g. 25:55 Porque los hijos de Israel son mis siervos; son mis siervos, porque los saqué de la tierra de Egipto. Yo Jehová su Dios.

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