XVII. Estatutos para los sacerdotes por ser santos.
A. Estatuto
de actos abominables sobre el sacrificio a ídolo.
1. La
descendencia del que ofrece su hijo a Moloc será cortada
a. 20:1 Habló Jehová
a Moisés, diciendo:
b. 20:2 Dirás
asimismo a los hijos de Israel: Cualquier varón de los hijos de Israel, o de
los extranjeros que habita en Israel, que ofreciera alguno de sus hijos a
Moloc. Seguro morirá. El pueblo de la tierra lo apedreará.
c. 20:3 Yo pondré mi
rostro contra el tal varón. Y lo cortaré de entre su pueblo, por cuanto dio de
sus hijos a Moloc. Contaminando mi santuario y profanando mi santo nombre.
2. La
descendencia del pueblo que apoye el ofrecer su hijo a Moloc, será cortada.
a. 20:4 Si el pueblo
de la tierra cerrase sus ojos respecto de aquel varón, que hubiere dado de sus
hijos a Moloc, para no matarle
b. 20:5 En ese
momento, yo pondré mi rostro contra aquel varón y contra su familia. Y le
cortaré de entre su pueblo, con todos los que fornicaron en pos de él.
Prostituyéndose con Moloc.
3. La
descendencia del que atendieran a encantadores o adivinos, será cortada.
a. 20:6 La persona
que atendiera a encantadores o adivinos, para prostituirse tras de ellos. Yo
pondré mi rostro contra tal persona. Y la cortaré de entre su pueblo.
B. Guarden y
obedezcan los Estatutos de Jehová.
1. Estatuto
de santificación.
a. 20:7 Santifíquense,
y sean santos, porque Yo Jehová soy su Dios.
b. 20:8 Y guarden mis
estatutos. Y ponlos por obra. Yo Jehová que los santifico. Lev
C. Estatuto
sobre actos abominables con sus padres.
1. Estatuto
sobre la maldición a sus padres.
a. 20:9 Todo hombre
que maldijera a su padre o a su madre, de cierto morirá. A su padre o a su
madre maldijo. Su sangre será sobre él.
D. Estatutos
de actos abominables con su cuerpo.
1. Actos
abominables de los humanos.
a. 20:10 Si un hombre
comete adulterio con la mujer de su prójimo. El adúltero y la adúltera inevitablemente
serán muertos.
b. 20:11 Cualquiera
que se uniera con la mujer de su padre. La desnudez de su padre descubrió.
Ambos han de ser muertos. Su sangre será sobre ellos.
c. 20:12 Si alguno
durmiera con su nuera, ambos han de morir. Cometieron grave perversión. Su
sangre será sobre ellos.
d. 20:13 Si alguno se
uniera con varón, como con mujer. Hicieron abominación. Ambos han de ser
muertos. Sobre ellos será su sangre.
e. 20:14 El que se
uniera a mujer y a la madre de ella, comete vileza. Quemarán con fuego a él y a
ellas. Para que no haya vileza entre ustedes.
2. Actos abominables de humanos con bestias.
a. 20:15 Cualquiera
que tuviera unión con bestia. Ha de ser muerto. Y matarás a la bestia.
b. 20:16 Y si una mujer se llegase a algún animal
para ayuntar con él. A la mujer y al animal matarás. Morirán in. Su sangre será
sobre ellos.
3. Actos abominables de
unión de hermanos.
h. 20:17 Si alguno se
uniera a su hermana, hija de su padre o hija de su madre, y viera su desnudez.
Y ella viera la suya. Es cosa execrable. Por tanto, serán muertos a ojos de los
hijos de su pueblo. Descubrió la desnudez de su hermana. Llevará su pecado.
4. Acto
abominable de dormir con mujer en menstruación.
a. 20:18 Cualquiera
que durmiera con mujer menstruosa, y descubriera su desnudez. Su fuente
descubrió. Y ella descubrió la fuente de su sangre. Ambos serán cortados de
entre su pueblo.
E. Estatuto
sobre actos de iniquidad con parientes.
1. Actos de
iniquidad con pariente cercano.
a. 20:19 La desnudez
de la hermana de tu madre, o de la hermana de tu padre, no descubrirás. Porque
al descubrir la desnudez de su parienta. Su iniquidad llevará.
b. 20:20 Cualquiera
que durmiera con la mujer del hermano de su padre, la desnudez del hermano de
su padre descubrió. Su pecado llevará. Morirán sin hijos.
c. 20:21 El que se
une a la mujer de su hermano, comete inmundicia; la desnudez de su hermano
descubrió. Quedarán hijos serán.
F. Estatuto de
actos abominable de imitar a las naciones.
1. No deben
adaptar costumbres y prácticas de otras naciones
a. 20:22 Guarden,
todos mis estatutos y todas mis ordenanzas. Y ponlos por obra, no sea que los
vomite la tierra, en la cual Yo los introduzco para que habiten en ella.
b. 20:23 Y no andes
en las prácticas de las naciones, que Yo echaré de delante de ustedes. Porque
ellos hicieron todas estas cosas, y los tuve en abominación.
c. 20:24 Pero a
ustedes les he dicho: Ustedes poseerán la tierra de ellos, y Yo la daré para
que la poseas por heredad. Tierra que fluye leche y miel. Yo Jehová vuestro
Dios, que los he apartado de los pueblos.
d. 20:25 Por tanto,
ustedes harán diferencia entre animal limpio e inmundo, entre ave inmunda y
limpia. Y no contaminarán sus personas con los animales, ni con las aves, ni
con nada que se arrastra sobre la tierra, los cuales los he apartado por
inmundos.
e. 20:26 Han de serme
santos, porque Yo Jehová Soy Santo. Y los he apartado de los pueblos para que
sean míos.
G. Estatutos
sobre actos abominables de adivinación y espiritismo.
1. No debe
evocar espíritu de muerte y ser adivino.
a. 20:27 El hombre o
la mujer que evocase espíritus de muertos o se entregase a la adivinación, ha
de morir; serán apedreados. Su sangre será sobre ellos.
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