Capítulo 13
XI. Ley de
la plaga de lepra.
A. Ley de
plaga de lepra en la piel, en la casa y las cosas.
1. Ley cuando sean inmundo y limpio.
a. 14:54 Esta es la
ley acerca de toda plaga de lepra y de tiña.
b. 14:55 De la lepra
del vestido, y de la casa.
c. 14:56 Acerca de la
inflamación, de la erupción, y de la mancha blanca.
d. 14:57 Para enseñar
cuándo es inmundo, y cuándo limpio. Esta es la ley tocante a la lepra.
B. Ley de la
lepra en la piel.
1. El sacerdote reconocimiento la
lepra.
a. 13:1 Habló Jehová
a Moisés y a Aarón, diciendo:
b. 13:2 Cuando el
hombre observa en la piel de su cuerpo hinchazón, o erupción, o mancha blanca.
Y hubiese en la piel de su cuerpo como llaga de lepra. Será traído a Aarón el
sacerdote o a uno de sus hijos los sacerdotes.
2. La de declaración de la inmundicia
de la lepra.
a. 13:3 El sacerdote
mirará la llaga en la piel del cuerpo, si el pelo en la llaga se ha vuelto
blanco. Y parece la llaga más profunda que la piel de la carne, es llaga de
lepra. El sacerdote le reconocerá. Y le declarará inmundo.
3. Diagnosticar y reconocer, es
limpio si es erupción.
a. 13:4 Si en la piel
de su cuerpo hubiese mancha blanca. Pero que no parece más profunda que la
piel. Ni el pelo se hubiese vuelto blanco. El sacerdote encerrará al llagado
por siete días.
b. 13:5 Al séptimo
día el sacerdote lo mirará. Si la llaga conserva el mismo aspecto, no
habiéndose extendido en la piel. El sacerdote le volverá a encerrar por otros
siete días.
c. 13:6 Al séptimo
día el sacerdote le reconocerá de nuevo. Si parece haberse oscurecido la llaga.
Y que no se ha cundido en la piel. El sacerdote lo declarará limpio. Era
erupción. Y lavará sus vestidos. Será limpio.
4. Si el próximo reconocimiento la
lepra persiste.
a. 13:7 Pero si se
extendiese la erupción en la piel. Después que él se mostró al sacerdote, para
ser limpio. Deberá mostrarse otra vez al sacerdote.
5. Si persiste, es lepra.
a. 13:8 Si
reconociéndolo el sacerdote, ve que la erupción se ha extendido en la piel, lo
declarará inmundo. Es lepra.
6. El sacerdote declarará inmundo, al
enfermo de lepra crónica.
a. 13:9 Cuando
hubiera llaga de lepra en el hombre, será traído al sacerdote.
b. 13:10 Este lo
mirará. Y si apareciera tumor blanco en la piel, el cual haya mudado el color
del pelo. Y se descubre asimismo la carne viva.
c. 13:11 Es lepra
crónica en la piel de su cuerpo. Y le declarará inmundo, el sacerdote. Y no le
encerrará, porque es inmundo.
7. El sacerdote declara limpio si se
cubre toda la piel de llaga.
a. 13:12 Por el
contrario, si brota la lepra cundiendo toda la piel, de modo que cubriera toda
la piel de llaga, desde la cabeza hasta sus pies, hasta donde pueda ver el
sacerdote.
b. 13:13 Este le
reconocerá. Si la lepra hubiera cubierto todo su cuerpo, declarará limpio al
llagado. Toda ella se ha vuelto blanca. Y él es limpio.
8. El sacerdote declara inmundo,
cuando la carne se le ve viva.
a. 13:14 El día que
apareciera en él, la carne viva, será inmundo.
b. 13:15 El sacerdote
mirará la carne viva. Lo declarará inmundo. Es inmunda la carne viva. Es
lepra.
9. El sacerdote lo declara limpio,
cuando su carne se vuelva blanca.
a. 13:16 Cuando la
carne viva cambiase y se volviese blanca. Vendrá al sacerdote.
b. 13:17 El sacerdote
mirará. Si la llaga se hubiese vuelto blanca. El sacerdote declarará limpio al
que tenía la llaga. Y será limpio.
C. Ley sobre
el divieso.
1. La declaración de ser limpio, si
hubiese divieso y se sana.
a. 13:18 Cuando en la
piel de la carne hubiese divieso, y se sana.
b. 13:19 En el lugar
del divieso, hubiese una hinchazón, o una mancha blanca rojiza. Será mostrado
al sacerdote.
2. Lo declarara inmundo, si en el
divieso, se origina llaga de lepra.
a. 13:20 El sacerdote
mirará; y si pareciera estar más profunda que la piel. Y su pelo se hubiera
vuelto blanco. El sacerdote lo declarará inmundo. Es llaga de lepra, que se
originó en el divieso.
b. 13:21 Si el
sacerdote la considera y no aparece en ella pelo blanco, ni fuera más profunda
que la piel, sino oscura. El sacerdote le encerrará por siete días.
c. 13:22 Si se fuera
extendiendo por la piel, entonces el sacerdote lo declarará inmundo. Es
llaga.
3. El sacerdote lo declarará limpio,
si es divieso.
a. 13:23 Pero si la
mancha blanca estuviera en su lugar. Y no se hubiera extendido, es la cicatriz
del divieso. Y el sacerdote lo declarará limpio.
D. Ley sobre
quemadura de fuego y contraer lepra.
1. El sacerdote declarará inmundo, si
el quemado contrae lepra.
a. 13:24 Asimismo
cuando hubiera en la piel del cuerpo quemadura de fuego. Y hubiera en lo sanado
del fuego mancha blanquecina, rojiza o blanca.
b. 13:25 El sacerdote
la mirará; y si el pelo se hubiera vuelto blanco en la mancha. Y esta pareciera
ser más profunda que la piel, es lepra que salió en la quemadura. Y el
sacerdote lo declarará inmundo. Por ser llaga de lepra.
c. 13:26 Más si el
sacerdote lo mira, y no apareciera en la mancha pelo blanco, ni fuera más
profunda que la piel, sino que estuviera oscura. Le encerrará el sacerdote por
siete días.
d. 13:27 Al séptimo
día el sacerdote la reconocerá. Si se hubiera ido extendiendo por la piel. El
sacerdote lo declarará inmundo. Es llaga de lepra.
2. El sacerdote declarará limpio, si
la quemadura cicatriza.
a. 13:28 Pero si la
mancha se queda en su lugar, y no se hubiera extendido en la piel. Sino que
estuviera oscura, es la cicatriz de la quemadura. El sacerdote lo declarará
limpio, porque es señal de la quemadura.
E. Ley de
contraer tiña en la barba o cabeza.
1. La declaración de inmundo al que
contrae tiña en la barba o cabeza.
a. 13:29 Al hombre o
mujer que le saliera llaga en la cabeza, o en la barba.
b. 13:30 El sacerdote
mirará la llaga; y si pareciese ser más profunda que la piel. El pelo de ella
fuese amarillento y delgado. El sacerdote le declarará inmundo. Es tiña, es
lepra de la cabeza o de la barba.
2. El sacerdote declarará limpio al
que tuviese tiña y se sana.
a. 13:31 Cuando el sacerdote mira la llaga de la
tiña. Y no parece ser más profunda que la piel, ni hubiera en ella pelo negro,
el sacerdote encerrará por siete días al llagado de la tiña.
b. 13:32 Al séptimo
día el sacerdote mirará la llaga. Y si la tiña no pareciera haberse extendido.
Ni hubiera en ella pelo amarillento, ni pareciera la tiña más profunda que la
piel.
c. 13:33 En este
sentido, hará que se rasure, pero no rasurará el lugar afectado. Y el sacerdote
encerrará por otros siete días. Al que tiene la tiña.
d. 13:34 Al séptimo
día mirará el sacerdote la tiña. Y si la tiña no hubiera cundido en la piel, ni
pareciera ser más profunda que la piel.
e. 13:34 El sacerdote
lo declarará limpio; lavará sus vestidos y será limpio.
3. Si se extiende la tiña y no sana,
después de la purificación, es inmundo.
a. 13:35 Pero si la
tiña se hubiera ido extendiendo en la piel, después de su purificación.
b. 13:36 El sacerdote
la mirará. Y si la tiña hubiera cundido en la piel, el sacerdote no buscará el
pelo amarillento. Porque es inmundo.
4. El sacerdote declarará limpio la
tiña detenida si le crece pelo negro.
a. 13:37 En
consecuencia, si le pareciera que la tiña está detenida, y que ha crecido en
ella el pelo negro, la tiña está sanada. El enfermo de tiña está limpio. Y
limpio lo declarará el sacerdote.
5. El sacerdote declarará limpio la tiña,
si salieran manchas blancas.
a. 13:38 Asimismo,
cuando el hombre o la mujer, tuviese en la piel de su cuerpo manchas. Manchas
blancas.
b. 13:39 El sacerdote
mirará, y si en la piel de su cuerpo aparecieron manchas blancas, algo
oscurecidas, es empeine que brotó en la piel. La persona está limpia.
F. Ley de
lepra en calvo.
1. En caso del calvo limpio.
a. 13:40 El hombre,
cuando se le cae el cabello, es calvo, pero limpio.
b. 13:41 Si se le
cayera el cabello en su frente, es calvo por delante, pero limpio.
2. El sacerdote declarará inmundo, el
calvo con llaga blanca rojiza.
a. 13:42 Pero cuando
en el calvo o en el ante calvo, hubiera llaga blanca rojiza. Es lepra, que
brotó en su calva o en su ante calva.
b. 13:43 En
consecuencia, el sacerdote lo mirará. Y si la inflamación parece llaga blanca
rojiza en su calva o en su ante calva, como el parecer de la lepra de la piel
del cuerpo.
c. 13:44 Es leproso,
es inmundo. Y luego el sacerdote lo declarará inmundo. En su cabeza tiene la
llaga.
3. El calvo con lepra anunciará su
inmundicia.
a. 13:45 El leproso
en quien hubiera llaga. Llevará vestidos rasgados, su cabeza descubierta, se
cubrirá la boca, y pregonará: ¡Inmundo! ¡Inmundo!
b. 13:46 Todo el
tiempo que la llaga estuviera en él, será inmundo. Estará impuro, y habitará
solo. Fuera del campamento será su morada.
G. Ley de
vestido con plaga de lepra si es limpia o inmunda.
1. El vestido de lana, lino o cuero u
otra fibra.
a. 13:47 Cuando en un
vestido hubiera plaga de lepra, ya sea vestido de lana, o de lino.
b. 13:48 En las
fibras o la trama de lino, de lana, en cuero, en cualquiera obra de cuero.
c. 13:49 Si la plaga
es verdosa, o rojiza, en el vestido, en cuero, en fibras, en trama, en
cualquiera obra de cuero. Es plaga de lepra. Y se ha de mostrar al
sacerdote.
2. El vestido si se declara inmundo, debe quemarse.
a. 13:50 El sacerdote
mirará la plaga, y encerrará la cosa plagada por siete días.
b. 13:51 Al séptimo
día mirará la plaga. Si la plaga se hubiese extendido en el vestido, en la
fibra, en la trama, en el cuero, o en cualquiera obra que se hace de cuero. Es
plaga, lepra maligna. Inmunda será.
c. 13:52 Será quemado
el vestido, la fibra, trama de lana o de lino, cualquiera obra de cuero en que
hubiera tal plaga. Porque es lepra maligna. Al fuego será quemada.
d. 13:53 Si el
sacerdote mira, y no parece que la plaga se haya extendido en el vestido, en la
fibra, en la trama, o en cualquiera obra de cuero.
e. 13:54 Por lo
tanto, el sacerdote mandará que laven donde está la plaga, y lo encerrará otra
vez por siete días.
f. 13:55 El sacerdote
mirará, después de haber sido lavada la plaga. Si la plaga está sin cambio de
aspecto, aunque no se haya extendido la plaga. Es inmunda, la quemarás al
fuego. Es corrosión penetrante. Esté lo raído en el derecho o en el revés de
aquella cosa.
g. 13:56 Si el
sacerdote la ve, y parece que la plaga se ha oscurecido después que fue lavada,
la cortará del vestido, del cuero, de la fibra o de la trama.
h. 13:57 Si aparece
de nuevo en el vestido, en la fibra, la trama, o en cualquiera cosa de cuero,
extendiéndose en ellos. Quemarás al fuego aquello en que estuviese la plaga.
3. El vestido si se declara limpia,
debe lavarse otra vez.
a. 13:58 Pero si en el
vestido, la fibra, la trama, o cualquiera cosa de cuero, al lavarse, se le
quita la plaga. Se lavará por segunda vez. Y será limpia.
b. 13:59 Esta es la
ley para la plaga de la lepra del vestido de lana, de lino, de fibra, de trama,
o de cualquiera cosa de cuero, para ser declarada limpia o inmunda.
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