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Capítulo 13

XI. Ley de la plaga de lepra.

A. Ley de plaga de lepra en la piel, en la casa y las cosas.

1. Ley cuando sean inmundo y limpio.

a. 14:54 Esta es la ley acerca de toda plaga de lepra y de tiña.

b. 14:55 De la lepra del vestido, y de la casa.

c. 14:56 Acerca de la inflamación, de la erupción, y de la mancha blanca.

d. 14:57 Para enseñar cuándo es inmundo, y cuándo limpio. Esta es la ley tocante a la lepra.

B. Ley de la lepra en la piel.

1. El sacerdote reconocimiento la lepra.

a. 13:1 Habló Jehová a Moisés y a Aarón, diciendo: 

b. 13:2 Cuando el hombre observa en la piel de su cuerpo hinchazón, o erupción, o mancha blanca. Y hubiese en la piel de su cuerpo como llaga de lepra. Será traído a Aarón el sacerdote o a uno de sus hijos los sacerdotes.

2. La de declaración de la inmundicia de la lepra.

a. 13:3 El sacerdote mirará la llaga en la piel del cuerpo, si el pelo en la llaga se ha vuelto blanco. Y parece la llaga más profunda que la piel de la carne, es llaga de lepra. El sacerdote le reconocerá. Y le declarará inmundo.

3. Diagnosticar y reconocer, es limpio si es erupción. 

a. 13:4 Si en la piel de su cuerpo hubiese mancha blanca. Pero que no parece más profunda que la piel. Ni el pelo se hubiese vuelto blanco. El sacerdote encerrará al llagado por siete días.

b. 13:5 Al séptimo día el sacerdote lo mirará. Si la llaga conserva el mismo aspecto, no habiéndose extendido en la piel. El sacerdote le volverá a encerrar por otros siete días.  

c. 13:6 Al séptimo día el sacerdote le reconocerá de nuevo. Si parece haberse oscurecido la llaga. Y que no se ha cundido en la piel. El sacerdote lo declarará limpio. Era erupción. Y lavará sus vestidos. Será limpio.

4. Si el próximo reconocimiento la lepra persiste.

a. 13:7 Pero si se extendiese la erupción en la piel. Después que él se mostró al sacerdote, para ser limpio. Deberá mostrarse otra vez al sacerdote.

5. Si persiste, es lepra.

a. 13:8 Si reconociéndolo el sacerdote, ve que la erupción se ha extendido en la piel, lo declarará inmundo. Es lepra.

6. El sacerdote declarará inmundo, al enfermo de lepra crónica.

a. 13:9 Cuando hubiera llaga de lepra en el hombre, será traído al sacerdote.  

b. 13:10 Este lo mirará. Y si apareciera tumor blanco en la piel, el cual haya mudado el color del pelo. Y se descubre asimismo la carne viva. 

c. 13:11 Es lepra crónica en la piel de su cuerpo. Y le declarará inmundo, el sacerdote. Y no le encerrará, porque es inmundo. 

7. El sacerdote declara limpio si se cubre toda la piel de llaga.

a. 13:12 Por el contrario, si brota la lepra cundiendo toda la piel, de modo que cubriera toda la piel de llaga, desde la cabeza hasta sus pies, hasta donde pueda ver el sacerdote. 

b. 13:13 Este le reconocerá. Si la lepra hubiera cubierto todo su cuerpo, declarará limpio al llagado. Toda ella se ha vuelto blanca. Y él es limpio.

8. El sacerdote declara inmundo, cuando la carne se le ve viva.

a. 13:14 El día que apareciera en él, la carne viva, será inmundo. 

b. 13:15 El sacerdote mirará la carne viva. Lo declarará inmundo. Es inmunda la carne viva. Es lepra.  

9. El sacerdote lo declara limpio, cuando su carne se vuelva blanca.

a. 13:16 Cuando la carne viva cambiase y se volviese blanca. Vendrá al sacerdote.  

b. 13:17 El sacerdote mirará. Si la llaga se hubiese vuelto blanca. El sacerdote declarará limpio al que tenía la llaga. Y será limpio. 

C. Ley sobre el divieso.

1. La declaración de ser limpio, si hubiese divieso y se sana.

a. 13:18 Cuando en la piel de la carne hubiese divieso, y se sana.  

b. 13:19 En el lugar del divieso, hubiese una hinchazón, o una mancha blanca rojiza. Será mostrado al sacerdote.

2. Lo declarara inmundo, si en el divieso, se origina llaga de lepra. 

a. 13:20 El sacerdote mirará; y si pareciera estar más profunda que la piel. Y su pelo se hubiera vuelto blanco. El sacerdote lo declarará inmundo. Es llaga de lepra, que se originó en el divieso.

b. 13:21 Si el sacerdote la considera y no aparece en ella pelo blanco, ni fuera más profunda que la piel, sino oscura. El sacerdote le encerrará por siete días.  

c. 13:22 Si se fuera extendiendo por la piel, entonces el sacerdote lo declarará inmundo. Es llaga.  

3. El sacerdote lo declarará limpio, si es divieso.

a. 13:23 Pero si la mancha blanca estuviera en su lugar. Y no se hubiera extendido, es la cicatriz del divieso. Y el sacerdote lo declarará limpio. 

D. Ley sobre quemadura de fuego y contraer lepra.

1. El sacerdote declarará inmundo, si el quemado contrae lepra.

a. 13:24 Asimismo cuando hubiera en la piel del cuerpo quemadura de fuego. Y hubiera en lo sanado del fuego mancha blanquecina, rojiza o blanca.  

b. 13:25 El sacerdote la mirará; y si el pelo se hubiera vuelto blanco en la mancha. Y esta pareciera ser más profunda que la piel, es lepra que salió en la quemadura. Y el sacerdote lo declarará inmundo. Por ser llaga de lepra.

c. 13:26 Más si el sacerdote lo mira, y no apareciera en la mancha pelo blanco, ni fuera más profunda que la piel, sino que estuviera oscura. Le encerrará el sacerdote por siete días. 

d. 13:27 Al séptimo día el sacerdote la reconocerá. Si se hubiera ido extendiendo por la piel. El sacerdote lo declarará inmundo. Es llaga de lepra.

2. El sacerdote declarará limpio, si la quemadura cicatriza.

a. 13:28 Pero si la mancha se queda en su lugar, y no se hubiera extendido en la piel. Sino que estuviera oscura, es la cicatriz de la quemadura. El sacerdote lo declarará limpio, porque es señal de la quemadura.

E. Ley de contraer tiña en la barba o cabeza.

1. La declaración de inmundo al que contrae tiña en la barba o cabeza.

a. 13:29 Al hombre o mujer que le saliera llaga en la cabeza, o en la barba.

b. 13:30 El sacerdote mirará la llaga; y si pareciese ser más profunda que la piel. El pelo de ella fuese amarillento y delgado. El sacerdote le declarará inmundo. Es tiña, es lepra de la cabeza o de la barba.

2. El sacerdote declarará limpio al que tuviese tiña y se sana.  

a.  13:31 Cuando el sacerdote mira la llaga de la tiña. Y no parece ser más profunda que la piel, ni hubiera en ella pelo negro, el sacerdote encerrará por siete días al llagado de la tiña.

b. 13:32 Al séptimo día el sacerdote mirará la llaga. Y si la tiña no pareciera haberse extendido. Ni hubiera en ella pelo amarillento, ni pareciera la tiña más profunda que la piel.

c. 13:33 En este sentido, hará que se rasure, pero no rasurará el lugar afectado. Y el sacerdote encerrará por otros siete días. Al que tiene la tiña. 

d. 13:34 Al séptimo día mirará el sacerdote la tiña. Y si la tiña no hubiera cundido en la piel, ni pareciera ser más profunda que la piel.  

e. 13:34 El sacerdote lo declarará limpio; lavará sus vestidos y será limpio.

3. Si se extiende la tiña y no sana, después de la purificación, es inmundo.    

a. 13:35 Pero si la tiña se hubiera ido extendiendo en la piel, después de su purificación.  

b. 13:36 El sacerdote la mirará. Y si la tiña hubiera cundido en la piel, el sacerdote no buscará el pelo amarillento. Porque es inmundo.

4. El sacerdote declarará limpio la tiña detenida si le crece pelo negro.

a. 13:37 En consecuencia, si le pareciera que la tiña está detenida, y que ha crecido en ella el pelo negro, la tiña está sanada. El enfermo de tiña está limpio. Y limpio lo declarará el sacerdote.  

5. El sacerdote declarará limpio la tiña, si salieran manchas blancas.

a. 13:38 Asimismo, cuando el hombre o la mujer, tuviese en la piel de su cuerpo manchas. Manchas blancas.

b. 13:39 El sacerdote mirará, y si en la piel de su cuerpo aparecieron manchas blancas, algo oscurecidas, es empeine que brotó en la piel. La persona está limpia.  

F. Ley de lepra en calvo.

1. En caso del calvo limpio.

a. 13:40 El hombre, cuando se le cae el cabello, es calvo, pero limpio. 

b. 13:41 Si se le cayera el cabello en su frente, es calvo por delante, pero limpio. 

2. El sacerdote declarará inmundo, el calvo con llaga blanca rojiza.

a. 13:42 Pero cuando en el calvo o en el ante calvo, hubiera llaga blanca rojiza. Es lepra, que brotó en su calva o en su ante calva. 

b. 13:43 En consecuencia, el sacerdote lo mirará. Y si la inflamación parece llaga blanca rojiza en su calva o en su ante calva, como el parecer de la lepra de la piel del cuerpo.

c. 13:44 Es leproso, es inmundo. Y luego el sacerdote lo declarará inmundo. En su cabeza tiene la llaga.

3. El calvo con lepra anunciará su inmundicia.

a. 13:45 El leproso en quien hubiera llaga. Llevará vestidos rasgados, su cabeza descubierta, se cubrirá la boca, y pregonará: ¡Inmundo! ¡Inmundo! 

b. 13:46 Todo el tiempo que la llaga estuviera en él, será inmundo. Estará impuro, y habitará solo. Fuera del campamento será su morada.

G. Ley de vestido con plaga de lepra si es limpia o inmunda.

1. El vestido de lana, lino o cuero u otra fibra.

a. 13:47 Cuando en un vestido hubiera plaga de lepra, ya sea vestido de lana, o de lino.  

b. 13:48 En las fibras o la trama de lino, de lana, en cuero, en cualquiera obra de cuero.  

c. 13:49 Si la plaga es verdosa, o rojiza, en el vestido, en cuero, en fibras, en trama, en cualquiera obra de cuero. Es plaga de lepra. Y se ha de mostrar al sacerdote. 

2. El vestido si se declara inmundo, debe quemarse.

a. 13:50 El sacerdote mirará la plaga, y encerrará la cosa plagada por siete días.

b. 13:51 Al séptimo día mirará la plaga. Si la plaga se hubiese extendido en el vestido, en la fibra, en la trama, en el cuero, o en cualquiera obra que se hace de cuero. Es plaga, lepra maligna. Inmunda será. 

c. 13:52 Será quemado el vestido, la fibra, trama de lana o de lino, cualquiera obra de cuero en que hubiera tal plaga. Porque es lepra maligna. Al fuego será quemada.

d. 13:53 Si el sacerdote mira, y no parece que la plaga se haya extendido en el vestido, en la fibra, en la trama, o en cualquiera obra de cuero.

e. 13:54 Por lo tanto, el sacerdote mandará que laven donde está la plaga, y lo encerrará otra vez por siete días.

f. 13:55 El sacerdote mirará, después de haber sido lavada la plaga. Si la plaga está sin cambio de aspecto, aunque no se haya extendido la plaga. Es inmunda, la quemarás al fuego. Es corrosión penetrante. Esté lo raído en el derecho o en el revés de aquella cosa. 

g. 13:56 Si el sacerdote la ve, y parece que la plaga se ha oscurecido después que fue lavada, la cortará del vestido, del cuero, de la fibra o de la trama.

h. 13:57 Si aparece de nuevo en el vestido, en la fibra, la trama, o en cualquiera cosa de cuero, extendiéndose en ellos. Quemarás al fuego aquello en que estuviese la plaga.

3. El vestido si se declara limpia, debe lavarse otra vez.

a. 13:58 Pero si en el vestido, la fibra, la trama, o cualquiera cosa de cuero, al lavarse, se le quita la plaga. Se lavará por segunda vez. Y será limpia.

b. 13:59 Esta es la ley para la plaga de la lepra del vestido de lana, de lino, de fibra, de trama, o de cualquiera cosa de cuero, para ser declarada limpia o inmunda. 


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