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Capítulo 20

XVI. Estatutos de actos abominables.

A. Estatuto de actos abominables sobre el sacrificio a ídolo.

1. La descendencia del que ofrece su hijo a Moloc será cortada

a. 20:1 Habló Jehová a Moisés, diciendo:  

b. 20:2 Dirás asimismo a los hijos de Israel: Cualquier varón de los hijos de Israel, o de los extranjeros que habita en Israel, que ofreciera alguno de sus hijos a Moloc. Seguro morirá. El pueblo de la tierra lo apedreará. 

c. 20:3 Yo pondré mi rostro contra el tal varón. Y lo cortaré de entre su pueblo, por cuanto dio de sus hijos a Moloc. Contaminando mi santuario y profanando mi santo nombre.

2. La descendencia del pueblo que apoye el ofrecer su hijo a Moloc, será cortada.

a. 20:4 Si el pueblo de la tierra cerrase sus ojos respecto de aquel varón, que hubiere dado de sus hijos a Moloc, para no matarle 

b. 20:5 En ese momento, yo pondré mi rostro contra aquel varón y contra su familia. Y le cortaré de entre su pueblo, con todos los que fornicaron en pos de él. Prostituyéndose con Moloc.

3. La descendencia del que atendieran a encantadores o adivinos, será cortada.

a. 20:6 La persona que atendiera a encantadores o adivinos, para prostituirse tras de ellos. Yo pondré mi rostro contra tal persona. Y la cortaré de entre su pueblo.

B. Guarden y obedezcan los Estatutos de Jehová.

1. Estatuto de santificación.

a. 20:7 Santifíquense, y sean santos, porque Yo Jehová soy su Dios. 

b. 20:8 Y guarden mis estatutos. Y ponlos por obra. Yo Jehová que los santifico. Lev  

C. Estatuto sobre actos abominables con sus padres.

1. Estatuto sobre la maldición a sus padres.

a. 20:9 Todo hombre que maldijera a su padre o a su madre, de cierto morirá. A su padre o a su madre maldijo. Su sangre será sobre él.   

D. Estatutos de actos abominables con su cuerpo.

1. Actos abominables de los humanos.

a. 20:10 Si un hombre comete adulterio con la mujer de su prójimo. El adúltero y la adúltera inevitablemente serán muertos. 

b. 20:11 Cualquiera que se uniera con la mujer de su padre. La desnudez de su padre descubrió. Ambos han de ser muertos. Su sangre será sobre ellos. 

c. 20:12 Si alguno durmiera con su nuera, ambos han de morir. Cometieron grave perversión. Su sangre será sobre ellos. 

d. 20:13 Si alguno se uniera con varón, como con mujer. Hicieron abominación. Ambos han de ser muertos. Sobre ellos será su sangre.  

e. 20:14 El que se uniera a mujer y a la madre de ella, comete vileza. Quemarán con fuego a él y a ellas. Para que no haya vileza entre ustedes. 

2. Actos abominables de humanos con bestias.

a. 20:15 Cualquiera que tuviera unión con bestia. Ha de ser muerto. Y matarás a la bestia.  

b.  20:16 Y si una mujer se llegase a algún animal para ayuntar con él. A la mujer y al animal matarás. Morirán in. Su sangre será sobre ellos.

3. Actos abominables de unión de hermanos.

h. 20:17 Si alguno se uniera a su hermana, hija de su padre o hija de su madre, y viera su desnudez. Y ella viera la suya. Es cosa execrable. Por tanto, serán muertos a ojos de los hijos de su pueblo. Descubrió la desnudez de su hermana.  Llevará su pecado.

4. Acto abominable de dormir con mujer en menstruación.

a. 20:18 Cualquiera que durmiera con mujer menstruosa, y descubriera su desnudez. Su fuente descubrió. Y ella descubrió la fuente de su sangre. Ambos serán cortados de entre su pueblo. 

E. Estatuto sobre actos de iniquidad con parientes.

1. Actos de iniquidad con pariente cercano.

a. 20:19 La desnudez de la hermana de tu madre, o de la hermana de tu padre, no descubrirás. Porque al descubrir la desnudez de su parienta. Su iniquidad llevará.

b. 20:20 Cualquiera que durmiera con la mujer del hermano de su padre, la desnudez del hermano de su padre descubrió. Su pecado llevará. Morirán sin hijos. 

c. 20:21 El que se une a la mujer de su hermano, comete inmundicia; la desnudez de su hermano descubrió. Quedarán hijos serán.  

F. Estatuto de actos abominable de imitar a las naciones.

1. No deben adaptar costumbres y prácticas de otras naciones

a. 20:22 Guarden, todos mis estatutos y todas mis ordenanzas. Y ponlos por obra, no sea que los vomite la tierra, en la cual Yo los introduzco para que habiten en ella. 

b. 20:23 Y no andes en las prácticas de las naciones, que Yo echaré de delante de ustedes. Porque ellos hicieron todas estas cosas, y los tuve en abominación. 

c. 20:24 Pero a ustedes les he dicho: Ustedes poseerán la tierra de ellos, y Yo la daré para que la poseas por heredad. Tierra que fluye leche y miel. Yo Jehová vuestro Dios, que los he apartado de los pueblos. 

d. 20:25 Por tanto, ustedes harán diferencia entre animal limpio e inmundo, entre ave inmunda y limpia. Y no contaminarán sus personas con los animales, ni con las aves, ni con nada que se arrastra sobre la tierra, los cuales los he apartado por inmundos.

e. 20:26 Han de serme santos, porque Yo Jehová Soy Santo. Y los he apartado de los pueblos para que sean míos.  

G. Estatutos sobre actos abominables de adivinación y espiritismo.

1. No debe evocar espíritu de muerte y ser adivino.

a. 20:27 El hombre o la mujer que evocase espíritus de muertos o se entregase a la adivinación, ha de morir; serán apedreados. Su sangre será sobre ellos.

 


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